En la globalización de los mercados económicos, la necesidad de seguir políticas de buen gobierno y en la generalidad de las exigencias de los negocios, los estándares internacionales juegan un papel fundamental tanto en la preparación de información financiera como en el monitoreo y la aplicación de nuevos modelos de administración.
Es por esto que las NIIF están siendo adoptadas, a parte de la comunidad económica europea, tanto por países con economías desarrolladas como aquellos que actúan en una economía emergente. Para efectos de la globalización, el Gobierno Nacional, por encargo del Congreso de la República mediante la Ley 550 tiene su compromiso en la armonización de los PCGA colombianos con los estándares internacionales en especial en las NIIF.
Como resultado de la globalización de la economía colombiana, en la actualidad están en boga las fusiones, adquisiciones, escisiones, entre otras, que a diferencia de las NIIF y U.S. GAAP – NIIF 3 y FAS 141 (Combinaciones de negocios), los PCGA colombianos, no tienen una norma específica que trate la contabilización y presentación en los estados financieros transacciones de esta naturaleza. A parte de las combinaciones de negocio en las NIIF y U.S. GAAP existen normas para el tratamiento de instrumentos financieros, reconocimiento de ingresos, impuestos corrientes y diferidos, intangibles, deterioro del valor de los activos, contratos de construcción, información financiera por segmentos, arrendamientos financieros y operativos, beneficios a empleados, conversión de moneda, agricultura… Todo esto nos lleva a pensar que existen grandes diferencias entre nuestros PCGA y las NIIF o incluso U.S. GAAP, por tal motivo es necesario que, de la mano con la globalización de la economía, los administradores de nuestras industrias y negocios tengan una contabilidad basada en realidad económica y que además compita con la de los países con los que se espera existan intercambios económicos, esto es con NIIF.
2 comentarios:
Muy buen artículo Felipe, como siempre!
Mucho gusto don Felipe me agrada que haya gente que se preocupe de la globalización de la información financiera y de las diversas operaciones financieras como los negocios conjuntos, yo estudio en una universidad de Oaxaca México y etoy realizando mi tesis sobre la normatividad de este tipo de operaciones en México tampoco hay normatividad que regule este tipo de operaciones financieras y me agradaría mucho que comentara acerca de la supletoriedad de las NIIF para este tipo de operaciones gracias y suerte
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