martes, 23 de febrero de 2010

Desafío 2010 para los contadores públicos en ejercicio de sus actividades de revisoría fiscal y auditoría externa: Facilitar la implementación de IFRS

Desafío 2010 para los contadores públicos en ejercicio de sus actividades de revisoría fiscal y auditoría externa: Facilitar la implementación de IFRS de caras a los requerimientos de la ley 1314 de 2009.

Aunque se ha avanzado en el conocimiento de las Normas Internacionales de Información Financiera, aún hay mucho por hacer.
BOGOTÁ, FEBRERO DE 2010. Tras la aprobación de la Ley 1314 de 2009 por parte del Congreso y Sancionada por el Presidente de la República, se estableció la convergencia de la normatividad contable colombiana a la de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS por sus siglas en inglés). Seis meses después de este hecho, Felipe Jánica Socio Líder de IFRS en Ernst & Young Colombia hace un balance de la situación actual y los retos para este 2010.
En el 2010 se definirá un camino claro para la migración a IFRS
Una vez promulgada la Ley 1314 el 13 de julio de 2009, el paso a seguir era encargar a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y al Ministerio de Comercio para que hicieran los decretos reglamentarios. Esta función la está liderando el Ministerio de Comercio, uno de los que ha liderado y apoyado fuertemente este proyecto por todo lo que esto implica para el tema de los tratados de libre comercio que se avecinan.
Lo primero que se espera es que se emitan finalmente los decretos reglamentarios; el primero que es el de la conformación del Consejo Técnico de Contaduría Pública, y que éste, una vez seleccionado, comience a realizar los procesos de recomendaciones al Ministerio de Comercio, la primera que se espera es la de establecer una fecha de reporte tal y como lo señala la IFRS 1 (Adopción por Primera Vez). Con esto, se podría establecer el principal camino, en términos de tiempo, para que las compañías en Colombia comiencen a preparar el proceso de conversión a estados financieros. Se deberá, entonces definir desde ya, cuál será su fecha de reporte y con ésta seguir los parámetros establecidos por el estándar 1 antes mencionado, que no es más que hacer un balance inicial o de apertura para su aplicación subsiguiente.
En términos prácticos, si los estados financieros o la fecha de reporte que recomienda el Consejo Técnico de Contaduría para la aplicación de IFRS en Colombia , sea 31 de diciembre de 2012 (fecha de reporte bajo IFRS), entonces para esto deberán ser presentados los estados financieros, de acuerdo a la norma internacional, con un estado financiero comparativo. Esto que quiere decir que las compañías tienen que presentar estados financieros a 31 de diciembre de 2012 comparativos con 2011. Sin embargo, para poder hacer esto, tienen que hacer un balance inicial que se establece en el primer día del año que es comparativo, es decir el 1 de enero de 2011. Para efectos prácticos 1 de enero de 2011 en un balance general, resultaría ser el mismo balance general al 31 de diciembre de 2010.
En términos gráficos sería lo siguiente:
Las fechas antes indicadas son hipotéticas para efectos ilustrativos.
Esto implica que las compañías que estén en proceso de conversión, lo primero que deben considerar es una fecha de reporte y con base en ésta iniciar el proceso de conversión de su balance inicial o de apertura. Para que el ejercicio se realice correctamente, las compañías tienen que anticipar tres años en la aplicación de las normas internacionales de información financiera. Este es un tema importante a recalcar sobre todo por la divulgación necesaria a todos los interesados claves de la información financiera, no sólo con los reguladores, sino también al interior de las compañías y en los máximos órganos de administración de éstas, es decir las asambleas generales de accionistas, las juntas de socios y las juntas directivas.
El desafío de los Contadores Públicos en ejercicio de sus actividades profesionales
De caras a la preparación para las normas internacionales, - luego de que se aprobara la Ley 1314- las compañías colombianas comenzaron a creer que efectivamente la convergencia a NIIF en Colombia era un hecho. Esto quiere decir que las compañías, previo a la aprobación de la ley, no creían ni estaban seguras de que el Congreso Nacional, ni el Presidente de la República iban a sancionar dicha Ley. Una vez sancionada la Ley, las empresas colombianas han empezado a explorar el conocimiento contable y profundizarlo en términos de normas internacionales. Es ahí donde debe maximizarse las funciones de los contadores públicos colombianos. La oportunidad que existe en materia académica, técnica y de reforzamiento de la profesión no se había presentado antes en el país.
Nuestra profesión ha venido resurgiendo en la comunidad de negocios. El génesis de la profesión, no hace falta recordarlo, pero si la forma cómo se le ha catalogado la profesión en Colombia. En principio esta profesión se limitaba a la teneduría de libros contables y a la preparación de declaraciones tributarias. Hoy en día y gracias a la globalización de la economía mundial, la profesión ha pasado a ocupar renglones importantes de la economía y muchos se atreven a afirmar que todas las decisiones en materia financiera y económica de las empresas del mundo recaen en mayor parte sobre las espaldas de los contadores públicos.
No obstante, en Colombia a la profesión aún le hace falta mayor ponderación. Pero es ahí donde está el reto profesional de los contadores públicos colombianos. Con una mejor preparación profesional y si se logra un trabajo en equipo en el que se llegue a un nivel de especialización por temas de interés, se lograría posicionar a la profesión contable entre las mejores profesiones del país. Vale la pena anotar que en países desarrollados, nuestra profesión alcanza a ser número 1 en el escalafón de profesiones y en el peor de los casos es la segunda o tercera, pero no menos de ese lugar.
Aún nos hace falta un camino por recorrer, pero es una oportunidad
En otros países que han adoptado, convergido, armonizado, entre otras, a IFRS, los Contadores Públicos han aprovechado la oportunidad para capacitarse y más que capacitarse aprendieron a perder el miedo por los nuevos cambios que se avecinaban con la aplicación, interpretación y entendimiento de los nuevos estándares. Países latinos, como Chile, Perú, Brasil, entre otros, han visto como sus contadores de mayor experiencia, han vuelto a las universidades a estudiar de nuevo y lo más importante a desaprender de las costumbres locales. Esto último es lo más importante que debemos aprovechar de las experiencias de países vecinos – desaprender la costumbre contable colombiana, muy ligada al cumplimiento tributario–
En ese orden de ideas, los contadores públicos colombianos en ejercicio de sus actividades afines, deberían iniciar desde ya un plan de entrenamiento en IFRS y, en lo posible, evitar las comparaciones con la norma local. En la medida en que se eviten las críticas que terminan en círculos viciosos sobre la aplicación o no de IFRS en Colombia, existe una oportunidad inigualable de aprender de estos estándares y así maximizar la oportunidad de asesorar a las compañías en las que el contador público tiene presencia.
En este contexto, es importante enfatizar que para lograr un nivel profesional en la aplicación de IFRS, no sólo se necesita entrenamiento en los estándares, sino un nivel de especialización por temas. No se puede pretender que el contador público colombiano entienda y/o sea experto en todos los estándares, esto no es posible. Para esto se necesita del trabajo en equipo de varios profesionales especializados por temas y que en su conjunto le puedan dar una solución hecha a la medida de las necesidades de las compañías en Colombia. Hacer caso omiso de esta recomendación, podría resultar en la aplicación errónea de un estándar o la minimización de las oportunidades para las compañías en materia financiera, económica o de cumplimiento.
-Fin-

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