domingo, 31 de mayo de 2009

Principales impactos derivados de la adopción de Normas Internacionales de Información Financiera, en las empresas colombianas

Por: Felipe Jánica, Socio Líder de IFRS de Ernst & Young Colombia.


…La globalización de la economía colombiana y las relaciones comerciales cada vez más sólidas con compañías extranjeras demandan la implantación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) en el panorama de la economía colombiana…

El pasado 29 de abril de 2009, se aprobó en la comisión tercera del Senado de la República, el proyecto 203/2008 (inicialmente 165/2007, aprobado en la misma comisión pero de Cámara de Representantes), por medio del cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptadas en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento. Este proyecto de ley y que está por aprobarse, promueve la convergencia de los actuales, Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia, en adelante PCGA, a NIIF.

A su vez, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, emitió una resolución (No. SSPD – 2009 1300009995, del 20 de abril de 2009, por la cual se establece la transición para la aplicación del modelo general de contabilidad para las empresas prestadoras de servicios públicos en convergencia con NIIF. Dicho modelo de contabilidad incluye el marco general, conceptual técnico de adopción parcial, técnico para pequeños prestadores, instrumental y procedimental. La resolución estable que durante el periodo que inicia en el 2009 y termina el 31 de diciembre de 2011, se llevarán a cabo tres etapas:

· Adaptación y evaluación;
· Transición; y
· Adopción.

En ese orden de ideas, la adopción de NIIF en Colombia puede darse por tres casos:

a) La entrada en vigencia del proyecto de ley 203;

b) La aplicación de la resolución emitida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios;

c) Compañías multinacionales colombianas con presencia en otros países donde se aplique NIIF y que adopte estas normas en Colombia como mejor práctica financiera.

d) por la exigencia de una compañía que opere en un país que esté aplicando NIIF y que ésta adquiera el control de una compañía colombiana (Combinación de negocios). En este caso particular podríamos mencionar distintos escenarios, entre los cuales podemos destacar: 1) Compañías Europeas con subsidiarias colombianas y 2) Compañías americanas con subsidiarias colombianas.

En el caso de combinaciones de negocios, las empresas, deberían aplicar la NIIF 3 (combinaciones de negocio), que dicho sea de paso está siendo modificada por la NIIF 3(R) y que introduce cambios significativos en materia de la determinación del crédito mercantil que surge como consecuencia de la adquisición entre compañías.

En el caso de adopción (casos a,b y c, antes indicados), las Compañías tendrán que aplicar la NIIF 1, adopción por primera vez. Esta norma, introduce algunas exenciones, detalladas en el párrafo de la NIIF 1.

La convergencia a NIIF en Colombia, resultará en mayores oportunidades para los actores de la economía, incluso a las PYMES. Debido a la creciente globalización de la economía, donde las fusiones, adquisiciones y escisiones con compañías extranjeras están a la orden del día, los empresarios colombianos necesitan de una mejor fuente de información financiera para la preparación y presentación de estados financieros y que éstos puedan ser leídos, con facilidad, por interesados claves en otras latitudes. Es por esto, que la convergencia a NIIF, recobra gran importancia en el campo local.

Las NIIF, pasan de ser un compendio de normas contables, a un lenguaje financiero internacional, que en la actualidad, la mayoría de países del mundo ha adoptado o convergido, incluso países como los Estados Unidos de Norte América, donde siempre se ha utilizado como base para la preparación de estados financieros, los principios de contabilidad generalmente aceptados en ese país o US GAAP, por su siglas en inglés.

Los PCGA colombianos, basados en el decreto 2649 de 1993, han permanecido estáticos desde la fecha de su promulgación. En tal sentido, no cuentan con normas o principios específicos, que regulen la contabilización y presentación de los estados financieros, de caras a transacciones cambiantes y nuevas, como las que se pueden evidenciar en los últimos 15 años, por ejemplo, instrumentos financieros, derivativos, combinaciones de negocio, concesiones, arrendamientos, entre otros, lo cual genera grandes diferencias con las NIIF. Dicha situación ha provocado que la información financiera extraída de los departamentos contables de las empresas del país, no esté fundamentada en la realidad económica y por ende no pueda competir con otros países.

En este contexto, a continuación presentamos un ejercicio académico, en el que resumimos grosso modo, el efecto o impacto que tendría la adopción de NIIF en una empresa colombiana. Para tal efecto, hemos tomado en consideración estados financieros genéricos de una empresa promedio colombiana.

Para un mejor entendimiento, cuando se hace referencia a las NIIF, se entenderá como NIIF, su marco conceptual (MC), las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC o IAS por sus siglas en inglés), Interpretaciones de las NIC (CINIC o SIC por sus siglas en inglés), Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS por sus siglas en inglés) y las Interpretaciones de las NIIF (CINIIF o IFRIC por sus siglas en inglés).

Como primer análisis a realizar en materia de adopción de NIIF, es decir NIIF 3, NIIF 3 (R) o NIIF 1, adopción por primera vez. Una vez determinada la norma a utilizar y tomando como base la siguiente información, las compañías tendrán los siguientes impactos.

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